Administración general GRUPO

Información sobre el modelo 347 (facilitado por la asesoría Almagro)

De cara a que podáis confeccionar el modelo 347 de una forma correcta, deciros que entrarían todas las operaciones a excepción de las que ya se declaran en otros modelos, es decir, que quedarían excluidas:

- Facturas de profesionales con retención (Ya que se declaran en el modelo 190)
- Alquileres con retención (Ya que se declaran en modelo 180)
- Importaciones y exportaciones de bienes  (Ya que se declaran en el DUA)
- Operaciones de Seguros.
- Operaciones Intracomunitarias (Ya que se declaran en el modelo 349)

En cambio, SI que hay que declarar:

- Alquileres SIN retención
- Compras y ventas de inmuebles
- Importaciones y exportaciones de SERVICIOS (Ya que estos no pasan por aduana, y lo único que hacemos es autorepercutir el iva en el modelo)


by Gustavo García López - 04:57 - 1 Feb 2024