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Administración general GRUPO
Información sobre el modelo 347 (facilitado por la asesoría Almagro)
De cara a que podáis confeccionar el modelo 347 de una forma correcta, deciros que entrarían todas las operaciones a excepción de las que ya se declaran en otros modelos, es decir, que quedarían excluidas:
- Facturas de profesionales con retención (Ya que se declaran en el modelo 190)
- Alquileres con retención (Ya que se declaran en modelo 180)
- Importaciones y exportaciones de bienes (Ya que se declaran en el DUA)
- Operaciones de Seguros.
- Operaciones Intracomunitarias (Ya que se declaran en el modelo 349)
En cambio, SI que hay que declarar:
- Alquileres SIN retención
- Compras y ventas de inmuebles
- Importaciones y exportaciones de SERVICIOS (Ya que estos no pasan por aduana, y lo único que hacemos es autorepercutir el iva en el modelo)
per Gustavo García López - 04:57 - 1 de febr. 2024